La Policía Nacional, conforme a las facultades que le confiere la Ley No. 510, hace del conocimiento al pueblo de Nicaragua que en cumplimiento de acuerdos de la Comisión Interinstitucional, en aras de contribuir a que las familias nicaragüenses realicen en un ambiente de paz, orden y seguridad las actividades de tradición religiosa, familiares, festivas y comerciales que se celebran en esta época del año, principalmente la Gritería, Navidad y Año nuevo, dispone las medidas de seguridad para el almacenamiento, distribución, transportación, comercialización, y manipulación de productos pirotécnicos a nivel nacional.
PRIMERO: LUGARES AUTORIZADOS PARA EL COMERCIO DE PRODUCTOS PIROTÉCNICOS EN EL TERRITORIO NACIONAL.
- EN EL MUNICIPIO DE MANAGUA, DEPARTAMENTO DE MANAGUA PARA EL COMERCIO DE PRODUCTOS DE FABRICACIÓN NACIONAL:
- PASEO TISCAPA (Costado este de la Laguna Tiscapa)
- MINISTERIO DEL TRABAJO 2 CUADRAS AL ESTE
- FRENTE AL MERCADO DE MAYOREO (Costado Sureste)
- BARRIO TIERRA PROMETIDA (Calle Marginal)
- DONDE FUE EL PARQUE BARTOLOME DE LAS CASAS
- MERCADO PERIFÉRICO 200 MTS. AL SUR
- PISTA EL DORADO (Costado este Del Mercado Roberto )
- DE LA ROTONDA LA VIRGEN 2C AL SUR
Para el comercio de productos pirotécnicos de fabricación China:
- KM 7 CARRETERA MASAYA PLAZA FAMILIAR.
- 7 ½ CARRETERA MASAYA FRENTE A FETESA, M/D.
- SALIDA A PISTA JEAN PAUL JENIE GALERIA (DOS PUESTOS).
- COSTADO NOR-OESTE DE LA ROTONDA DEL CENTRO COMERCIAL MANAGUA O DEL DISTRITO POLICIAL V ½ C AL SUR M/D, PARQUEO DE GOMPER.
- DISTRITO VI DE GASOLINERA WASPAM 3C ABAJO NUEVO PUESTO.
- COSTADO NOR-ESTE PARQUEO METRO CENTRO.
- COSTADO SUR-OESTE METRO CENTRO.
- ESQUINA NOR-ESTE DEL PRICESMART.
- GALERÍA SANTO DOMINGO, PARQUEO ZONA VIVA FRENTE ALTA BAR.
- COSTADO NORTE PLAZA INTER O FRENTE A CARRION.
- KM 12 ¾ CARRETERA SUR (ROTULO 12.7 KM).
- 8 ½ CARRETERA SUR, PLAZA METRÓPOLI.
- GUANACASTE, SUPERMERCADO LA UNION 200 MTS. AL SUR.
- MIRAFLORES, SEMÁFOROS DEL SEMINARIO NACIONAL
- MULTICENTRO LAS AMERICAS FRENTE PARQUEO SUPERMERCADO LA COLONIA.
- COSTADO SUR-ESTE ROTONDA LA VIRGEN.
- MUNICIPIOS DEL DEPARTAMENTO DE MANAGUA.
- MUNICIPIO DE TICUANTEPE:
- COSTADO NORTE DE ENACAL
- MUNICIPIO DE TIPITAPA:
- DONDE FUE EL MERCADITO DE TIPITAPA.
- MUNICIPIO DE SAN RAFAEL DEL SUR:
- DEL MERCADO MUNICIPAL ½ ABAJO
- COMUNIDAD MASACHAPA, DE LA BARRA 100 METROS HACIA POCHOMIL.
- COMUNIDAD EL SALTO, DEL CENTRO DE SALUD 2 ARRIBA.
- MUNICIPIO DE VILLA EL CARMEN:
- DE LA ALCALDÍA MUNICIPAL 120 VARAS ABAJO.
- MUNICIPIO DE CIUDAD SANDINO:
- DETRÁS DEL MERCADO MUNICIPAL
- MUNICIPIO DE MATEARE:
- COSTADO ESTE DEL CEMENTERIO MUNICIPAL.
- LOS PUNTOS DE VENTA DE PRODUCTOS PIROTÉCNICOS EN LOS DEPARTAMENTOS DEL PAÍS SERÁN LOS SIGUIENTES.
- DEPARTAMENTO DE NUEVA SEGOVIA;
- MUNICIPIO DE OCOTAL DONDE FUE LA ANTIGUA COTRAN, FRENTE A FERRETERIA No. 02.
- MUNICIPIO DE OCOTAL DONDE FUE LA ESCUELA EDUCACION ESPECIAL.
- DEPARTAMENTO DE ESTELÍ Y MUNICIPIOS:
- MUNICIPIO DE ESTELÍ, ENTRADA SUR DE ESTELÍ.
- MUNICIPIO DE ESTELI, COMUNIDAD EL REGADILLO, SALIDA NORTE DE ESTELI.
- MUNICIPIO DE CONDEGA, PREDIOS DE LA COTRAN.
- MUNICIPIO DE PUEBLO NUEVO, COSTADO OESTE DEL CEMENTERIO MUNICIPAL.
- DEPARTAMENTO DE MADRIZ Y MUNICIPIOS:
- MUNICIPIO DE SOMOTO, COSTADO SUR DE LA BIBLIOTECA MUNICIPAL.
- MUNICIPIO DE TOTOGALPA, PREDIO DEL ANTIGUO GRANERO.
- MUNICIPIO DE YALAGUINA, COSTADO ESTE DE LA CANCHA MUNICIPAL.
- MUNICIPIO DE TELPANECA URBANO, ZONA No.2 y COMUNIDAD DE SANTO DOMINGO.
- MUNICIPIO DE SAN JUAN DE RÍO COCO, DETRÁS DEL ESTADIO MUNICIPAL.
- MUNICIPIO DE SAN LUCAS, COSTADO SUR DEL PARQUE MUNICIPAL.
- DEPARTAMENTO DE CHINANDEGA Y MUNICIPIOS:
- MUNICIPIO DE CHINANDEGA, DETRÁS DE LA CASA PELLAS.
- MUNICIPIO DE CHICHIGALPA, BOULEVARD DE LA ENTRADA A CHICHIGALPA.
- MUNICIPIO DE CORINTO, EN EL SECTOR DEL PARQUEO DEL SÚPER PALI.
- MUNICIPIO DE EL VIEJO, CARRETERA A PUERTO MORAZÁN.
Para venta de pólvora China:
- CENTRO COMERCIAL UBICADO EN LA ENTRADA DEL MUNICIPIO DE CHINANDEGA.
- DEPARTAMENTO DE LEÓN Y MUNICIPIOS:
- MUNICIPIO DE LEON, AVENIDA PEDRO ARÁUZ PALACIOS.
- MUNICIPIO DE TELICA, INSTITUTO SOCORRO SANTANA, 2C AL SUR, ½ C ABAJO.
- MUNICIPIO DE MALPAISILLO, CONTIGUO AL INSTITUTO ESPAÑA, CAMPO DE
- MUNICIPIO DE EL SAUCE, BARRIO SALINAS DE LA PN, ½C AL SUR, ½ C ABAJO.
- MUNICIPIO DE LA PAZ CENTRO, CONTIGUO AL CUADRO DE BASEBALL.
Para la venta de pólvora China:
- MUNICIPIO DE LEÓN, CONTIGUO AL PUENTE LA BARTOLINA.
- DEPARTAMENTO DE CARAZO Y MUNICIPIOS:
- MUNICIPIO DE JINOTEPE, MERCADO MUNICIPAL EN CONSTRUCCIÓN, PALI, 800 METROS AL SUR.
- MUNICIPIO DE DIRIAMBA, KM, 42½ CARRETERA PANAMERICANA SUR.
- MUNICIPIO DE SAN MARCOS, CONTIGUO AL POZO DE ENACAL.
- MUNICIPIO DE SANTA TERESA, CANCHA 250 MTS AL ESTE.
- DEPARTAMENTO DE RIVAS:
- MUNICIPIO DE RIVAS, CALLE EL AMOR, MERCADO 200 METROS AL NORTE.
- DEPARTAMENTO DE MASAYA Y MUNICIPIOS:
- MUNICIPIO DE MASAYA, BO. LA BARRANCA, DEL EMPALME DEL COYOTEPE, 100 METROS AL NORTE.
- MUNICIPIO DE NINDIRI, IGLESIA NINDIRI 200 MTS AL SUR.
- MUNICIPIO DE TISMA, DE LAS INSTALACIONES DE LA POLICÍA NACIONAL 200 MTS AL OESTE.
- MUNICIPIO DE NIQUINOHOMO, DE LA POLICÍA 100 METROS AL NORESTE.
- MUNICIPIO DE MASATEPE, DE LA POLICÍA 100 MTS AL ESTE.
- MUNICIPIO DE SAN JUAN DE LA CONCEPCIÓN, DEL PARQUE, 1C AL SUR, ½C AL ESTE.
Para la venta de pólvora China:
- MUNICIPIO DE MASAYA, EN EL ASERRADERO SANTA CLARA.
- DEPARTAMENTO DE GRANADA:
- MUNICIPIO DE GRANADA CAMPO MULTIESTADIO.
Para la venta de pólvora China:
- MUNICIPIO DE GRANADA PLAZA LA INMACULADA.
- MUNICIPIO DE NANDAIME, PLAZA SANTA ANA.
- DEPARTAMENTO DE BOACO Y MUNICIPIOS:
- MUNICIPIO DE BOACO, DE LA ENTRADA DEL MERCADO MUNICIPAL, ARRIBA DE LAS GRADAS DEL MERCADO.
- MUNICIPIO DE CAMOAPA, DE LA GLORIETA MUNICIPAL, 2C AL SUR, ½C AL OESTE.
- MUNICIPIO DE CAMOAPA, BO. 380, DE LA GASOLINERA ESSO, ½C AL ESTE, 3C AL SUR.
- MUNICIPIO DE CAMOAPA, COSTADO NORTE DEL ESTADIO DE CAMOAPA.
- DEPARTAMENTO DE CHONTALES Y MUNICIPIOS:
- MUNICIPIO DE JUIGALPA, CONTIGUO A LA BODEGA DE PANAMCO, PARQUE DE FERIAS MAYALES.
- MUNICIPIO DE EL AYOTE, DE LA ALCALDÍA MUNICIPAL 500 METROS AL SUR.
- MUNICIPIO DE SANTO TOMAS, FRENTE A LOS BOMBEROS.
- DEPARTAMENTO DE MATAGALPA Y MUNICIPIOS:
- MUNICIPIO DE MATAGALPA, DE LA ENTRADA AL HOSPITAL REGIONAL 300 METROS AL NORTE.
- MUNICIPIO DE MATIGUAS, SALIDA A RÍO BLANCO.
- MUNICIPIO DE RÍO BLANCO, SALIDA A PAIWAS, PUNTA DE PLANCHA.
- MUNICIPIO DE LA DALIA, SALIDA A WASLALA.
- MUNICIPIO DE SÉBACO, DE LA POLICÍA 1C. AL NORTE.
- MUNICIPIO DE WASLALA, SALIDA AL NARANJO.
- DEPARTAMENTO DE JINOTEGA:
- MUNICPIO DE JINOTEGA, COSTADO OESTE DEL ESTADIO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE
- DEPARTAMENTO DE ZELAYA CENTRAL Y MUNICIPIOS:
- MUNICIPIO DEL RAMA, BARRIO CENTRAL CONTIGUO AL COSTADO NORTE DEL ESTADIO MUNICIPAL.
- COSTADO ESTE DE LA IGLESIA CATÓLICA.
- MUNICIPIO DEL RAMA, VÍA CARRETERA RAMA-MANAGUA.
- MUNICIPIO DE NUEVA GUINEA, ANTIGUA PISTA DE ATERRIZAJE, COSTADO OESTE DE LA CATEDRAL.
- DEPARTAMENTO DE RÍO SAN JUAN Y MUNICIPIOS:
- MUNICIPIO DE SAN CARLOS, FRENTE A LA PIEDRA DE AMOR
- MUNICIPIO DE SAN JUAN DE NICARAGUA, DE LA POLICÍA NACIONAL 3C. AL
- ZONA ESPECIAL COSTA CARIBE NORTE:
- MUNICIPIO DE PUERTO CABEZAS, BO. LA LIBERTAD CONTIGUO A MARENA.
- ZONA ESPECIAL COSTA CARIBE SUR:
- MUNICIPIO DE BLUEFIELDS, COSTADO NORTE DEL ESTADIO MUNICIPAL.
- DEPARTAMENTO DE TRIÁNGULO MINERO, PRINZAPOLKA Y MULUKUKÚ:
- MUNICIPIO DE SIUNA, Bo. GILBERTO MORENO
- MUNICIPIO DE SIUNA, HORMIGUERO SIUNA.
SEGUNDO: PROHIBICIONES Y REGULACIONES.
- A partir del 6 de noviembre 2015 al 6 de enero 2016 inclusive, se prohíbe el traslado o transportación de productos pirotécnicos en vehículos de transporte colectivo, vehículos con exposición al ambiente. El traslado o transportación de estos productos, deberá realizarse únicamente en vehículos que cumplan con la normativa de regulación y control de uso y manejo de la pólvora en su acápite No. II.
- Durante los días 07, 08, 24, 25 y 31 de diciembre del 2015 y los días 01 y 06 de enero del año 2016 el horario autorizado para el traslado o transportación de productos pirotécnicos, en cantidades comerciales, será entre las 06:00 de la mañana a las 04:00 de la tarde, debiendo contar para ello con el permiso o autorización respectivo.
- Se prohíbe la venta de productos pirotécnicos en mercados, misceláneas, pulperías, de forma ambulante y otros lugares no autorizados.
- Se prohíbe la portación de armas de fuego en el interior de los tramos autorizados para la comercialización de pólvora.
- Se prohíbe la fabricación artesanal de productos pirotécnicos, su almacenamiento, comercio y uso. La importación, transportación, almacenamiento y comercio de sustancias químicas e industriales, estarán sujetas a las regulaciones establecidas en la Ley 510.
- Las personas naturales y jurídicas que realicen espectáculos públicos utilizando productos pirotécnicos de fabricación China, estarán sujetos a las regulaciones establecidas en la Ley 510.
TERCERO: RECOMENDACIONES GENERALES DE LA COMISIÓN INTERINSTITUCIONAL.
- A los propietarios y trabajadores de los establecimientos autorizados para el comercio de productos pirotécnicos deberán asumir con responsabilidad cada una de las medidas orientadas por la Comisión Interinstitucional.
- A todas las personas que acudan a los centros de comercialización de productos pirotécnicos, recomendamos acatar las medidas de seguridad y regulaciones establecidas a lo interno y externo de los locales y el debido cuidado del traslado y almacenamiento temporal de los productos que adquiera.
- La manipulación de productos pirotécnicos debe realizarse preferiblemente por personas adultas y en estado de sobriedad. En el caso de los menores de edad que manipulen productos acorde a su edad, deben ser supervisados por sus padres o tutores, evitando guardar productos pirotécnicos en bolsas de pantalones, camisas y otros depósitos personales que represente un peligro para su integridad física.
Managua, 06 de Noviembre del año 2015.
DIVISIÓN DE RELACIONES PÚBLICAS
POLICÍA NACIONAL