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Fue a través del decreto 7.836 publicado en el año 2010
Mediante decreto presidencial 7.836, fechado 18 de noviembre de 2010 pero publicado en la Gaceta Oficial número 39.556 con fecha 19 de noviembre de 2010, el Gobierno venezolano prohibió la utilización del nombre, imagen y figura del primer mandatario, en su momento Hugo Chávez, para identificar obras de infraestructura de cualquier naturaleza y de bienes muebles o inmuebles gestionados por los diversos órganos de la Administración Pública Nacional, así como de organizaciones, programas y campañas publicitarias o propaganda.
La normativa señaló que no está permitido el uso de la figura presidencial para la “identificación, nombre, denominación, caracterización, tipificación, calificación y designación” de obras de infraestructura, construcciones, edificaciones, establecimientos, recintos, instituciones educativas y médico asistenciales, vías de comunicación, lugares o sitios públicos.
También prohibió a las agrupaciones políticas, sociales y comunitarias el uso del nombre, imagen y figura del Presidente para identificar organizaciones, sociedades, bienes, obras, proyectos, programas, actividades políticas o sociales y campañas publicitarias o propaganda.